Abogados platenses lograron fallos contra Edesur por los daños de los cortes de luz | El Dia

2026/10/09

Distintas sentencias reconocieron el derecho de los usuarios a reclamar reparaciones por interrupciones del suministro eléctrico, aun cuando no pueden elegir la empresa que presta el servicio en su domicilio.

Los cortes de electricidad, las oscilaciones de tensión y los perjuicios ocasionados por las deficiencias del suministro pueden derivar en indemnizaciones económicas para los usuarios afectados. Distintos tribunales argentinos dictaron sentencias contra Edesur, una de las principales distribuidoras eléctricas del país, en causas impulsadas por consumidores que acudieron a la Justicia para reclamar reparaciones por los daños sufridos.

Los antecedentes adquieren relevancia en La Plata, Berisso y Ensenada, donde los reclamos por interrupciones del servicio forman parte de las denuncias habituales de los vecinos. Aunque en esta Región la distribución está a cargo de Edelap y no de Edesur, las resoluciones judiciales permiten conocer los derechos de los consumidores frente a compañías que operan bajo concesiones exclusivas y cuyos usuarios no tienen la posibilidad de elegir otro proveedor de la red eléctrica.

Una de las causas que pasó por los tribunales platenses fue la iniciada por María Mercedes Meaurio contra Edesur, expediente FLP 1592/2022. La demanda reclamaba $150.000, más intereses y costas, por daños atribuidos a interrupciones del suministro ocurridas entre agosto de 2018 y agosto de 2021. El expediente, originado en el Juzgado Federal de Quilmes, llegó a la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, que dictó una resolución el 2 de diciembre de 2025 sobre el plazo de prescripción aplicable al reclamo.

Indemnizaciones millonarias por los cortes

Entre los antecedentes más recientes aparece una sentencia del 19 de agosto de 2026, dictada por el Juzgado Civil y Comercial Federal N°8, en la causa promovida por Felicia Ehrenreich Gedanken y Berta Niestenpover Derman contra Edesur. Las demandantes denunciaron interrupciones del suministro entre mayo de 2022 y mayo de 2025 y obtuvieron un fallo favorable por un total de $4.400.000, más intereses y costas.

La resolución reconoció distintos conceptos indemnizatorios, entre ellos daños materiales, daño moral y daño punitivo. Este último constituye una sanción económica adicional que puede aplicarse cuando se configuran los requisitos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor.

Otro fallo del 27 de agosto de 2026 condenó a Edesur a pagar $1.248.500, más intereses y costas, a Manuel Fermín Gauna. La sentencia contempló $283.500 por daño material, $551.000 por daño moral y $414.000 en concepto de daño punitivo, luego de analizar los perjuicios derivados de reiterados cortes y deficiencias en el suministro eléctrico.

En una tercera causa, resuelta el 31 de agosto, el Juzgado Civil y Comercial Federal N°1 reconoció parcialmente el reclamo de Andrea Silvia Casals y otros integrantes de su familia por interrupciones y problemas de tensión registrados en un domicilio de Lanús. La condena ascendió a $450.000 por daños materiales y morales, aunque el tribunal rechazó la aplicación de una sanción por daño punitivo.

También el 6 de agosto de 2026, el Juzgado Civil y Comercial Federal N°4 condenó a Edesur a indemnizar con $360.000 a Gabriela Soledad López por problemas vinculados con la prestación del servicio. De ese total, $160.000 correspondieron a daño material y $200.000 a daño moral.

Los fallos muestran que los tribunales pueden reconocer distintas clases de perjuicios, aunque las indemnizaciones dependen de las pruebas presentadas, las circunstancias de cada caso y la valoración judicial. Al tratarse de resoluciones de primera instancia en varios de estos expedientes, no corresponde considerarlas automáticamente firmes.

El derecho de los usuarios frente a empresas sin competencia directa

El régimen de distribución eléctrica presenta una particularidad: los consumidores no pueden cambiar libremente de distribuidora cuando sufren reiteradas interrupciones del servicio. Cada compañía presta el suministro dentro de un área de concesión determinada, por lo que el usuario depende de esa empresa para recibir electricidad a través de la red.

Esa circunstancia no elimina la responsabilidad de las prestadoras. La Ley 24.240 de Defensa del Consumidor establece obligaciones vinculadas con la calidad del servicio, el trato digno y la reparación de los daños cuando corresponda. A su vez, las distribuidoras deben cumplir las condiciones establecidas en sus contratos de concesión y las disposiciones de los organismos reguladores.

Un antecedente publicado por la Suprema Corte bonaerense corresponde a la causa iniciada por Juan Carlos Conte contra Edesur, en la que la Cámara Civil y Comercial de Lomas de Zamora reconoció la competencia de la Justicia provincial para intervenir en una demanda indemnizatoria vinculada con un corte de suministro, bajo las normas de defensa del consumidor.

La vía judicial no es la única herramienta disponible. En marzo de 2026, el organismo regulador nacional dispuso que Edesur abonara resarcimientos a usuarios residenciales afectados por interrupciones extraordinarias registradas entre enero y febrero de 2025, mediante una resolución que contempló un monto global de más de $3.286 millones.

En junio, otra resolución estableció diferencias de resarcimientos por un total de $939,3 millones. La disposición aclaró que esos pagos no impedían que los consumidores reclamaran por daños en instalaciones o artefactos eléctricos, ni que iniciaran acciones judiciales o extrajudiciales por otros perjuicios sufridos.

Los reclamos que se multiplican en La Plata

Mientras avanzan las causas judiciales contra Edesur, en la Región los problemas con el suministro eléctrico de Edelap también generan preocupación entre vecinos de La Plata. En las últimas horas se registraron interrupciones en La Loma, Gonnet y las inmediaciones del Hospital San Martín, según denuncias recibidas por EL DIA.

En la zona de 1 y 71, los residentes señalaron que un corte comenzó durante la noche del miércoles y se prolongó a lo largo de la madrugada del jueves. Los afectados realizaron reclamos ante Edelap y denunciaron las dificultades ocasionadas por la falta de electricidad.

En La Loma, vecinos de 36 entre 17 y 18 también informaron interrupciones, mientras que en Gonnet se registraron denuncias por cortes prácticamente diarios durante las mañanas. En la zona de 499 y 25, uno de los residentes expresó su preocupación ante la posibilidad de que las variaciones del suministro provocaran daños en los electrodomésticos.

Los antecedentes judiciales contra Edesur no implican que existan condenas equivalentes contra Edelap por estos episodios. Sin embargo, permiten mostrar que las interrupciones del servicio pueden generar responsabilidades económicas cuando los consumidores acreditan los daños sufridos y se cumplen los requisitos legales.

Las sentencias reflejan, además, que los usuarios pueden acudir a los tribunales aun cuando se enfrentan a empresas de gran capacidad económica y no cuentan con alternativas para contratar el mismo servicio a otra distribuidora. El reconocimiento de los perjuicios materiales, morales y, en determinadas circunstancias, punitivos constituye una vía de reparación frente a los incumplimientos en la prestación de un servicio esencial.

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial