ARCH y Petroecuador también piden pena máxima para Aquiles Alvarez y procesados en el caso Triple A

2026/08/02

La Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) y Petroecuador solicitaron este domingo, 2 de agosto, al Tribunal de Garantías Penales que imponga la pena máxima prevista para el delito de comercialización ilegal de hidrocarburos a los procesados en el caso Triple A, además de ordenar una reparación integral de $ 61,5 millones por el presunto perjuicio ocasionado al Estado. La solicitud se suma al pedido previamente realizado por Fiscalía.

Los pedidos fueron formulados durante la fase de alegatos de clausura del juicio, luego que la Fiscalía General del Estado concluyera su intervención solicitando la declaratoria de culpabilidad de los procesados, multas, la clausura de seis compañías involucradas y el pago del monto correspondiente al supuesto perjuicio económico. Según explicó la Fiscalía, la pena máxima solicitada por este delito es de seis años y nueve meses de prisión.

En representación de la ARCH, su director ejecutivo, Christian Puente, sostuvo que durante el juicio quedó demostrada la existencia de una estructura que operó entre 2020 y 2024 utilizando empresas registradas ante la entidad para desviar combustibles subsidiados hacia segmentos para los que no estaban autorizados.

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“Cuando abrimos este juicio les ofrecí que conocerían la anatomía y fisiología de una maquinaria criminal. Vengo hoy a cumplir”, manifestó al inicio de su alegato.

Puente señaló que la investigación se originó tras detectar un crecimiento inusual en la comercialización de combustibles de 456 estaciones de servicio, luego de que la ARCH iniciara controles por el incremento del costo de los subsidios.

Durante su exposición afirmó que el entonces representante legal de varias compañías vinculadas al proceso, Aquiles Alvarez, conocía el funcionamiento del sistema de comercialización de combustibles y que las empresas involucradas no operaban de manera independiente.

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“No son empresas hermanas, sino empresas coartadas”, sostuvo.

El director de la ARCH aseguró que el supuesto desvío de combustibles no ocurrió fuera de la cadena formal de comercialización, sino dentro de ella.

“El desvío no ocurrió fuera de la red; ocurrió porque la red dejó de cumplir su deber de control”, indicó al referirse a las operaciones de Copedesa y Corpalubri.

También afirmó que las estaciones de servicio investigadas dejaron de cumplir el rol para el que fueron autorizadas. “Cuando la venta rompe el segmento, el catastro y la capacidad física, la estación deja de ser un punto de servicio y se convierte en un punto de ejecución”, señaló.

Durante su alegato repasó varias de las operaciones analizadas durante el juicio, entre ellas ventas repetidas a una misma placa vehicular, comercialización sin autorización hacia otros segmentos, ventas sin placas identificadas, facturación superior al combustible recibido, operaciones realizadas por empresas cesadas y transacciones entre actores que, según la normativa, no podían comercializar entre sí.

Con base en esos elementos, la ARCH solicitó al tribunal declarar probada la existencia del delito de comercialización ilegal de hidrocarburos en gran escala y establecer la responsabilidad penal de los procesados.

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Como parte de su pedido, la entidad solicitó considerar como autor mediato a Aquiles Alvarez, así como a las compañías Copedesa y Corpalubri.

Además, pidió declarar como autores directos a Raúl Zambrano, Juan Dionisio Araujo, Fausto Vaca, Édgar Flores, Rosa Ortiz y José Ricardo Cevallos, además de las empresas Ternape Petroleum, Fuelcorp, Indudiesel y Harsajudi.

Asimismo, solicitó considerar como coautor a Édgar Campoverde y como cómplices a Lady Cedeño, Jessenia Vélez, Carolina Troya, Juan Arias, Gloria Salazar, María Criollos y Olga Ortega.

La ARCH también requirió que se imponga la pena máxima prevista para el delito en su modalidad de gran escala y que se disponga la reparación integral a favor del Estado.

Posteriormente intervino Andrés Erazo, representante de Petroecuador, quien respaldó la acusación presentada por la Fiscalía y sostuvo que la empresa pública fue la víctima directa del supuesto esquema investigado.

“La empresa pública es la víctima. La comercialización ilegal de combustibles se aprovechó de la cadena de distribución del país”, afirmó.

Erazo señaló que el combustible fue adquirido legalmente, pero posteriormente habría sido desviado hacia segmentos incompatibles mediante distintos mecanismos, entre ellos el uso de placas vehiculares, ventas sin autorización al consumidor final y el denominado “cambiazo”, al que también hizo referencia el testigo José Ricardo Cevallos durante el juicio.

“Lo que aquí se juzga no es una simple diferencia de inventario ni un error administrativo, sino la ruptura del sistema de control diseñado por el Estado ecuatoriano”, manifestó.

El representante de Petroecuador sostuvo que, con las pruebas presentadas por la Fiscalía durante el juicio, se logró demostrar el rol que desempeñó cada una de las empresas procesadas dentro del supuesto esquema de comercialización.

Por ello, solicitó que el tribunal ordene una reparación integral de $ 61,5 millones, correspondiente al perjuicio económico que, según la acusación, sufrió el Estado ecuatoriano.

Además, pidió imponer la pena máxima de privación de libertad para las personas naturales procesadas y, respecto de las personas jurídicas, solicitó su clausura, la imposición de multas y el comiso de los bienes utilizados para la comisión del delito.

“Cuando el subsidio se desvía no solo se afecta al Estado, sino a millones de ciudadanos y se debilita la confianza institucional”, expresó. (I)