Si eres inmigrante en Estados Unidos, es comprensible que te preocupe la expansión del programa 287(g) del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). Este mecanismo autoriza a determinadas agencias policiales estatales y locales a ejercer funciones migratorias bajo supervisión federal, lo que puede aumentar el riesgo de contacto con ICE durante una detención o un operativo. Con más de 2,000 acuerdos en 39 estados y dos territorios, la inquietud crece en comunidades con amplia presencia latina. Conoce qué derechos conservas ante una intervención de las autoridades.
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Agentes federales de inmigración se enfrentan a manifestantes frente al Delaney Hall en Newark, Nueva Jersey, Estados Unidos, el 26 de mayo de 2026. (Foto de Mostafa Bassim / Anadolu vía AFP).
/ MOSTAFA BASSIM¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LOS INMIGRANTES ANTE EL AUMENTO DE ACUERDOS 287(g)?
Lo primero que debes tener claro es que el aumento de acuerdos 287(g) no elimina los derechos constitucionales de los inmigrantes. Estos convenios permiten que ciertos agentes estatales o locales, capacitados y autorizados por ICE, realicen funciones migratorias específicas bajo supervisión federal; no convierten a toda la policía local en agentes de inmigración ni autorizan detenciones o registros sin base legal.
Derechos esenciales como inmigrantes
Sin importar tu estatus migratorio, una persona conserva, entre otros, estos derechos:
- Guardar silencio. No tienes que responder preguntas sobre lugar de nacimiento, ciudadanía, estatus migratorio ni forma de entrada al país. Puedes decir: “Ejerzo mi derecho a guardar silencio”.
- No consentir registros. Puedes negarte a que revisen tu vivienda, vehículo, teléfono, bolso u otras pertenencias. Decir “no consiento un registro” no equivale a obstrucción.
- Pedir identificación y motivo de la detención. Si un agente local, sheriff o agente de ICE te detiene, puedes preguntar: “¿Estoy detenido?” y “¿Soy libre de irme?”. Si la respuesta a esta última es sí, debes retirarte con calma.
- No abrir la puerta de tu casa sin una orden judicial válida. Para entrar a una vivienda sin consentimiento, normalmente necesitan una orden firmada por un juez y que indique correctamente la dirección. Una orden administrativa de ICE —como los formularios I-200 o I-205— no sustituye una orden judicial para entrar al hogar.
- Solicitar un abogado. En una detención migratoria no hay abogado gratuito garantizado por el gobierno, pero sí derecho a contratarlo, hablar con él y no firmar documentos antes de recibir asesoría.
- No firmar documentos sin entenderlos. En especial, no firmar una salida voluntaria, renuncia de derechos, estipulación de remoción ni declaración sin que la revise un abogado de inmigración.
- Protección contra discriminación. La policía no puede detener, interrogar o registrar a una persona únicamente por su apariencia, idioma, acento, etnia o presunta nacionalidad. La Constitución protege a toda persona en Estados Unidos.
El abogado de inmigración Haim Vásquez dijo en N+ Univision que un policía puede intervenir a alguien y preguntarle su estatus migratorio siempre que haya una causa probable legal: “No debe hacerlo por cómo se ve la persona ni por su idioma. Sin embargo, bajo el acuerdo 287(g) puede hacer preguntas después que haya ocurrido una detención legal; es más, puede transferirlo a ICE si el individuo no tiene estatus”.
Asimismo, indicó que normalmente los operativos migratorios van directamente con personas que ya tienen identificadas, pero también pueden basarse en el registro vehicular y la licencia de conducir, con los que pueden identificar el estatus de las personas, aunque tener acceso a esos datos y uso de esta información, varía según la ley y la agencia estatal.
¿Qué hacer si tienes contacto con la policía o ICE?
- Mantén la calma; no corras, no te resistas ni presentes documentos falsos.
- Pregunta: “¿Soy libre de irme?”. Si no lo eres, di que deseas guardar silencio.
- No des información sobre estatus migratorio, país de origen o familiares.
- No autorices un registro voluntario. Puedes decir: “No consiento el registro”.
- Si estás en casa, no abras la puerta. Pide que muestren la orden por una ventana o que la deslicen por debajo de la puerta.
- Pide hablar con un abogado y no firmes nada antes de recibir asesoría legal.
- Anota nombres, placas, agencia, hora, lugar y testigos, siempre que puedas hacerlo sin aumentar el riesgo
- Si te detienen, informa a tus familiares el nombre de la cárcel o centro de detención y busca representación legal cuanto antes.
¿Puedes hacer alguna denuncia y/o recibir apoyo?
Sí. Los propios acuerdos 287(g) contemplan mecanismos de queja. Las acusaciones sobre conducta indebida de personal participante pueden presentarse ante la agencia local y ante la Office of Professional Responsibility de ICE, incluso por teléfono al 1-833-4ICE-OPR o por correo a [email protected]. Documentar el hecho y hablar con una organización legal local puede ser crucial antes de presentar una queja.
Cabe precisar que esta información es general y no sustituye asesoría legal individual. Por lo tanto, para alguien con arrestos previos, una orden de deportación, una solicitud pendiente, DACA/TPS/asilo u otro caso migratorio, es importante consultar con un abogado de inmigración autorizado o una organización sin fines de lucro acreditada antes de hablar con autoridades.

ICE ha incrementado sus operativos en EE.UU. con más detenciones de migrantes durante la administración Trump (Foto: Stephen Maturen / Getty Images North Amrica / Getty Images vía AFP)
¿QUÉ CAMBIA CON 287(g)?
Lo que cambia con 287(g) es que algunas agencias policiales locales reciben autoridad delegada para colaborar con ICE en determinados modelos: acciones de “task force”, ejecución de ciertas órdenes civiles migratorias dentro de cárceles o identificación de personas bajo custodia local para iniciar procesos migratorios. El alcance depende del Memorando de Acuerdo concreto de cada agencia.
Esto puede significar mayor riesgo de que una interacción policial —por ejemplo, un arresto o ingreso a una cárcel local— termine en contacto con ICE. Pero una infracción de tránsito por sí sola no borra las garantías constitucionales ni permite que un agente registre o interrogue libremente sin fundamento legal.
Modelos de programas 287(g)
La Oficina de Control y Remoción de ICE opera tres modelos 287(g):
- El modelo de control penitenciario permite a los funcionarios de inmigración designados identificar y procesar a los extranjeros sujetos a deportación que tengan cargos penales pendientes o en curso.
- El modelo de grupo de trabajo mejora la seguridad pública y la seguridad nacional al permitir que los agentes de inmigración designados ejerzan una autoridad migratoria limitada mientras realizan tareas policiales rutinarias o como participantes activos en un grupo de trabajo dirigido por el ICE.
- El modelo de oficial de ejecución de órdenes judiciales permite a los funcionarios de inmigración designados notificar y ejecutar órdenes administrativas contra extranjeros bajo su custodia.
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SOBRE EL AUTOR
Periodista con más de 15 años de experiencia, redacto información de interés general para la población latina en Estados Unidos como inmigración, Seguro Social, economía y finanzas personales, salud, educación, vivienda, derechos civiles, clima, vida cotidiana, entre otros. Asimismo, escribo sobre series, películas, celebridades y cultura pop.
