ATU aclara qué multas de transporte no tendrán reducción del 90 %: conoce las infracciones excluidas

2026/09/01

Las infracciones vinculadas con la informalidad están excluidas del beneficio, por lo que operar sin autorización no permite acceder a la rebaja - Créditos: Andina.

Las infracciones vinculadas con la informalidad están excluidas del beneficio, por lo que operar sin autorización no permite acceder a la rebaja - Créditos: Andina.

La reducción del 90 % en determinadas multas de transporte público y privado tiene límites. La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) aclaró que el beneficio establecido mediante el Decreto Supremo n.° 017-2026-MTC no comprende las infracciones relacionadas con la informalidad ni aquellas que involucren agresiones contra los fiscalizadores durante sus labores.

La disposición fue aprobada con el objetivo de facilitar a los transportistas la regularización de obligaciones pendientes. No obstante, el alcance de esta facilidad no incluye conductas consideradas de especial gravedad, entre ellas la prestación de servicios sin autorización y los ataques contra quienes participan en las acciones de control.

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En el caso del transporte regular, la ATU señaló que el código RE1 se encuentra entre las infracciones excluidas de la reducción. Esta falta está vinculada con la prestación del servicio sin contar con la autorización correspondiente. Para el servicio de taxi, tampoco será posible acceder al descuento cuando se trate del código T1.

La restricción comprende, además, determinadas actividades de transporte especial. Los códigos TU.1, TT.1 y TE.1, correspondientes a los servicios turístico, de trabajadores y de estudiantes, respectivamente, no podrán acogerse a la rebaja cuando sean prestados sin la autorización exigida por la autoridad competente.

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La medida tampoco beneficia a quienes agredan a los inspectores durante una intervención. Según la tabla de infracciones de la ATU, los códigos RE13, TU.7, TT.7 y TE.7 sancionan acciones que atentan contra la integridad física de los fiscalizadores de transporte.

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En determinadas intervenciones, estas disposiciones también alcanzan a las agresiones contra los efectivos policiales que participan en los operativos. De esta manera, las conductas violentas quedan expresamente fuera del mecanismo excepcional de reducción de sanciones.

La exclusión alcanza determinadas infracciones de Lima y Callao, relacionadas con servicios informales, permisos vencidos o suspendidos y ataques contra autoridades - Créditos: ATU.
La exclusión alcanza determinadas infracciones de Lima y Callao, relacionadas con servicios informales, permisos vencidos o suspendidos y ataques contra autoridades - Créditos: ATU.

La exclusión también se aplica a determinadas infracciones contempladas por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Provincial del Callao. Entre ellas figuran los códigos N01, N02, RE1, TR-01, T.1, TX01 y E-01, vinculados con la prestación u ofrecimiento de servicios sin autorización o con permisos vencidos, suspendidos o cancelados.

También quedan fuera las faltas relacionadas con ataques contra inspectores o autoridades competentes durante las labores de fiscalización. En este grupo se encuentran los códigos N55, TR-34, R21, T.6 y TX-21, establecidos para sancionar distintas acciones que afectan la integridad física de los responsables de controlar el cumplimiento de las normas.

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La reducción del 90 % en determinadas multas de transporte tiene excepciones y no aplica a todas las infracciones sancionadas por las autoridades - Créditos: ATU.
La reducción del 90 % en determinadas multas de transporte tiene excepciones y no aplica a todas las infracciones sancionadas por las autoridades - Créditos: ATU.

La ATU enfatizó que ningún conductor o transportista puede emplear violencia física o verbal para impedir una intervención, evitar una sanción o incumplir una medida de fiscalización. Por ello, las conductas de esta naturaleza no forman parte de las obligaciones que pueden ser reducidas mediante el beneficio aprobado por el Gobierno.

El organismo precisó que la medida tampoco debe interpretarse como una autorización para operar de manera informal. Los requisitos técnicos y legales continúan vigentes para quienes brindan servicios de transporte en Lima y Callao.

Finalmente, la institución recordó que la formalidad permite que los usuarios accedan a servicios que cumplen las condiciones exigidas por la normativa. Así, la reducción del 90 % funciona como una herramienta para facilitar la regularización de determinadas deudas, pero no representa una flexibilización frente a las actividades informales ni ante las agresiones cometidas durante los controles.

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