Cambia la AUH: el Gobierno modificó un trámite clave para cobrar el 20% retenido

2026/09/17

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El Gobierno modificó el sistema para acreditar los requisitos de salud, vacunación y educación de los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, amplió el mecanismo de verificación automática de las condicionalidades que deben cumplir los titulares para cobrar la totalidad de la prestación. La medida quedó formalizada en la Resolución 508/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Cómo funciona el 20% retenido de la AUH

La Ley 24.714, que instituyó el Régimen de Asignaciones Familiares, establece que el 80% del monto de la AUH para Protección Social se abona mensualmente a través de ANSES, mientras que el 20% restante queda reservado. Ese remanente puede cobrarse cuando el titular acredita, para los menores de hasta 4 años inclusive, el cumplimiento de los controles sanitarios y el plan de vacunación obligatorio, y para los chicos en edad escolar, la certificación de que cumplieron el ciclo lectivo correspondiente.

Hasta ahora, la verificación automática de esas condiciones (a través del cruce de información entre organismos, sin que el titular deba presentar documentación) regía únicamente para los controles sanitarios y de vacunación de los menores de hasta 4 años, según lo dispuesto por la Resolución 1170/2025.

Ahora, la nueva normativa extiende ese esquema de verificación automática también a la condicionalidad educativa, para todos los beneficiarios de la prestación. De esta forma, el cumplimiento de ambos requisitos se acreditará mediante el intercambio seguro de información entre el Ministerio de Salud, la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano y ANSES.

Cuando la verificación automática confirme el cumplimiento de los controles sanitarios y de vacunación de los menores de hasta 4 años, el monto reservado se liquidará de forma automática y mensual junto con el 80% de la prestación.

Qué sucede en casos en los que falta información

La norma mantiene, además, una vía alternativa para los casos en que la información sanitaria o educativa no esté disponible. En esos supuestos, el titular podrá presentar la documentación correspondiente ante ANSES, según los procedimientos que el organismo determine.

La resolución encomienda a la ANSES disponer las medidas necesarias para poner en marcha el nuevo esquema, que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

En los considerandos de la resolución, la cartera laboral sostuvo que la ampliación del mecanismo automático se enmarca en “principios de eficiencia administrativa y simplificación de trámites”, y que contribuye a reforzar la vinculación entre la política sanitaria, la educativa y la de ingresos.