Claves de la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad

2026/09/16

Madrid, 16 sep (EFE).- La reforma de las leyes de dependencia y discapacidad aprobada definitivamente en el Parlamento amplía los servicios y prestaciones de los dependientes, los cuidados dentro del hogar y reduce la burocracia a los usuarios.

Se podrá disponer de productos de apoyo para la autonomía personal a modo de préstamo, como sillas de ruedas o andadores, y los centros de día podrán ampliar servicios a personas que vivan en sus domicilios y necesiten apoyos, como facilitar comidas.

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Estos son los principales cambios en la ley de dependencia:

- Elimina incompatibilidades para que las personas en situación de dependencia puedan recibir diferentes prestaciones.

- Refuerza el derecho de cada persona a elegir el servicio o prestación que desea de manera que el sistema podrá ajustarse a las prestaciones que cada persona usuaria necesite.

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- La asistencia personal queda blindada como servicio y podrá ofrecerse más allá del entorno domiciliario, como acompañamiento para hacer la compra o ir al médico.

- Amplía el concepto de cuidador y reconoce que personas del mismo entorno relacional puedan ofrecer cuidados.

- La teleasistencia será un derecho para todas las personas que tengan reconocida una dependencia y permitirá hacer un seguimiento de cómo está el usuario a través de otros dispositivos como, por ejemplo, las pulseras geolocalizables.

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- La reforma garantiza por ley que el estado abone las cotizaciones de las cuidadoras principales (la mayoría son mujeres), así como la continuidad de los cuidados en caso de enfermedad grave u hospitalización de estas cuidadoras.

- Reduce los plazos para reconocer prestaciones, que pasa de 6 meses a 3 meses.

Los cambios en la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social despliegan el mandato del artículo 49 de la Constitución y consolidan derechos de accesibilidad universal y autonomía personal.

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- Permite el reconocimiento automático de un 33 % de discapacidad a aquellas personas a las que se les asigne un grado I de dependencia, y a las que obtengan un grado II o III podrán ser reconocidas con el 65 % de discapacidad.

- Reconoce la accesibilidad universal como un derecho, de forma que las personas con discapacidad podrán reclamar la accesibilidad en servicios o en edificios que sean públicos.

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- Obliga a las comunidades de vecinos a pedir ayudas para hacer obras de accesibilidad en viviendas si alguna de las personas residentes así lo solicita y facilita los requisitos para acceder a estas ayudas, rebajando del 75 al 70 % el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad.

- Atención temprana como derecho subjetivo para garantizar que los gobiernos autonómicos atiendan a todos los menores de 6 años que presenten trastornos en el desarrollo o tengan riesgo de desarrollarlo.

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- Prohíbe la discriminación en los seguros hacia las personas con discapacidad y se regula la figura de un facilitador procesal en los procesos judiciales. EFE