El nuevo Régimen Penal Juvenil comienza a regir este sábado en Argentina y establece que los adolescentes mayores de 14 años podrán ser imputados por delitos previstos en el Código Penal. De esta manera, se modifica el esquema vigente desde 1980 y se abre una nueva etapa para la Justicia de Menores.
La reforma contempla un sistema especial para los adolescentes judicializados, con penas, medidas de seguimiento y distintas alternativas al encierro. El objetivo establecido por la normativa es que las sanciones estén vinculadas con la responsabilidad por los hechos cometidos, pero también con la educación, la resocialización y la integración social.
Qué cambia con el nuevo Régimen Penal Juvenil
Uno de los principales cambios es la edad de imputabilidad. A partir de los 14 años, los adolescentes podrán enfrentar un proceso penal cuando cometan delitos alcanzados por la normativa.
Sin embargo, esto no significa que cualquier delito cometido por un menor de 18 años termine automáticamente en una condena de prisión. El nuevo régimen contempla distintas sanciones y medidas alternativas, especialmente para determinados delitos cuyas penas previstas van desde más de tres hasta diez años.
Entre las alternativas aparecen las restricciones de acercamiento, la reparación del daño a la víctima, reglas de conducta y la obligación de participar en actividades educativas y comunitarias. También se incorpora la amonestación como una medida formal de llamado de atención.
Otra de las novedades es la posibilidad de utilizar monitoreo electrónico para controlar el cumplimiento de determinadas sanciones o como parte de las medidas dispuestas durante el proceso.
En cuanto a las penas de prisión, la reforma establece que los adolescentes no podrán recibir condenas de reclusión o prisión perpetua. El máximo para las penas privativas de la libertad será de 15 años.
Además, podrán acceder a la libertad condicional una vez cumplidos los dos tercios de la condena, siempre que se verifiquen las condiciones exigidas para obtener ese beneficio.
El régimen también establece condiciones específicas para los adolescentes privados de su libertad. Deberán permanecer en instituciones acondicionadas para ese fin y con personal especializado. A su vez, se prohíbe que compartan espacios de encierro con personas mayores de edad.
El alojamiento podrá realizarse en institutos abiertos, institutos especializados de detención o, en determinados casos, bajo arresto domiciliario.
La reforma también modifica el rol de las víctimas dentro del proceso. Podrán participar del trámite judicial y recibir información sobre el avance de las causas. Además, establece la responsabilidad civil de los padres por los daños derivados de los hechos ilícitos atribuidos a sus hijos.
Otro punto central es la protección de la identidad de los adolescentes imputados: continuará prohibida la difusión de nombres, apodos, filiación, parentesco, domicilio o imágenes que permitan identificarlos.
La implementación del nuevo sistema plantea, sin embargo, interrogantes sobre la capacidad de la Justicia para absorber el aumento de causas. En algunos juzgados de menores advierten que podría crecer fuertemente la cantidad de expedientes y existen dudas sobre la disponibilidad de personal, infraestructura, dispositivos de monitoreo y supervisores especializados.