El Constitucional aplica la amnistía a la malversación del procés y permite el regreso de Puigdemont

2026/10/06

La mayoría progresista del Tribunal Constitucional ha aprobado una sentencia que amnistía el delito de malversación atribuido a la exconsellera catalana Dolors Bassa y que abre la puerta al regreso próximo de Carles Puigdemont a España. Los magistrados han sacado adelante la ponencia del presidente Cándido Conde-Pumpido, que entre duras críticas a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acuerda extender la amnistía a este delito. Una decisión que facilita la vuelta del expresident a España sin riesgo de ser detenido: el juez Pablo Llarena ha decidido levantar la orden de detención sin esperar a que la sentencia le sea notificada formalmente.

En un primer momento el pleno convocado este martes iba a analizar dos recursos de dos exconsellers condenados por el procés: Jordi Turull y Dolors Bassa. El ponente del primer caso, el conservador José María Macías, aceptó asumir el criterio mayoritario y elaborar una ponencia que amnistiara la malversación pero finalmente ha optado por retirar el asunto del orden del día. El pleno ha pasado directamente a estudiar el caso de Dolors Bassa con la ponencia de Cándido Conde-Pumpido, teniendo todavía pendientes otros recursos como los de Oriol Junqueras, Joaquim Forn o Raül Romeva.

La ponencia de Conde-Pumpido, indican fuentes del tribunal de garantías, ha sido aprobada con siete votos a favor y cinco en contra de los magistrados del sector conservador, que emitirán votos particulares contrarios como han hecho en todos los recursos relacionados con la amnistía. La sentencia, que todavía tiene que ser notificada, incluye severas críticas al Tribunal Supremo por negar la amnistía a este delito de malversación e incluye indicaciones expresas para que la Sala de lo Penal de este tribunal aplique el criterio establecido en el recurso de Bassa.

La aplicación de la amnistía a la malversación ha sido uno de los puntos más conflictivos del desarrollo de la ley. Por un lado, la negativa del Tribunal Supremo a perdonar este delito –alegando entre otras cosas que el procés afectó a intereses económicos europeos o que los políticos se lucraron con él– mantuvo las condenas de inhabilitación que impiden a varios condenados volver a una lista electoral. Por otro, ese delito sustenta la orden nacional de detención que Pablo Llarena activó contra Carles Puigdemont y que, en la práctica, le ha impedido hasta hoy mismo volver a España sin arriesgarse a ser detenido.

La ponencia de Conde-Pumpido que ahora se transforma en sentencia incluye críticas al criterio de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en este asunto. Unas críticas basadas en que las afirmaciones de los autos que negaron la amnistía al delito de malversación no aparecían en la sentencia del procés de 2019: ni la afectación a los intereses económicos de la Unión Europea ni tampoco la posibilidad de que los condenados se hubieran lucrado con el procés porque, al usar medios públicos, no tuvieron que pagarlo de su bolsillo. Una “contradicción flagrante”, dice ahora la sentencia, en “dos pronunciamientos distintos e inconciliables”.