El Gobierno aprobará que las parejas con hijos puedan acceder a la pensión de viudedad aunque no estén registradas

2026/10/19

El Gobierno aprobará el martes un real decreto ley que permitirá que las parejas con hijos que no estén registradas también puedan acceder a la pensión de viudedad en determinados casos. Según ha adelantado este lunes El País y ha podido confirmar La Información Económica, el Ejecutivo plantea ampliar esta prestación más allá de los matrimonios, los divorciados o las parejas de hecho, que ya cuentan con este derecho.

Así, las parejas que no hayan formalizado registralmente su situación podrán acceder a la viudedad si tienen hijos y pueden acreditar que han convivido ininterrumpidamente en los dos años anteriores a la solicitud. En este caso, bastará el certificado de empadronamiento de cada miembro de la pareja para demostrar la cohabitación necesaria para acceder a la pensión. 

Además, la norma que verá la luz el martes en Consejo de Ministros prevé que las parejas que cumplan los requisitos pero en las que el fallecimiento ya se produjo puedan solicitar la prestación en el plazo de un año. Asimismo, las peticiones que hayan sido denegadas en el pasado, pero que cumplan los requisitos actuales también podrán revisarse en los próximos doce meses. Eso sí, será necesario acreditar los dos años de convivencia. 

Desde Moncloa trasladan que con este cambio normativo se logra eliminar barreras burocráticas que dejaban sin protección a personas que el Gobierno considera que deberían estar protegidas.

Para que un viudo o una viuda puedan acceder a esta pensión, la pareja fallecida debe haber cotizado al menos 500 días dentro de un periodo ininterrumpido de cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Aunque cuando el fallecimiento se debe a un accidente o a enfermedad profesional no es necesario haber cotizado previamente. 

En España hay registradas un total de 1.461.769 personas que perciben pensiones contributivas de viudedad, de las cuales el 95,6% corresponden a mujeres. La gran mayoría, viudas mayores de 65 años para quienes esta renta a menudo es su único sustento. 

La cuantía de la viudedad es modesta, apenas alcanza los 976,3 euros mensuales en 14 pagas, frente a los 1.374 de la pensión media del sistema o los 1.576 que cobran los jubilados. Esto se debe a que la cuantía de la prestación oscila entre el 56 y el 70% de la base reguladora del fallecido (algo parecido al salario que cobró el fallecido). En cambio, en las pensiones de jubilación es frecuente cobrar el 100% de esa base reguladora  

Además, también en materia de pensiones, el Gobierno dará luz verde a una subida en las pensiones extraordinarias que cobran víctimas del terrorismo, al considerar que los importes actuales habían quedado desfasados. El Ejecutivo prevé fijar estas prestaciones en un mínimo de 2.442 euros al mes, una cantidad equivalente a dos salarios mínimos y que supera en un 36% el importe actual.