Exención del IDP e IVA en combustibles: así se reflejará en las facturas de los consumidores

2026/09/28

El Ejecutivo ya cuenta con la Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles, que establece un régimen de exención del IDP y del IVA, por lo que se espera su publicación en el Diario de Centro América, es decir, la sanción presidencial (aprobación).

Mientras tanto, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) realiza ajustes en sus sistemas internos e informáticos para aplicar la exención, y el Ministerio de Energía y Minas (MEM) prepara el acuerdo gubernativo relacionado con el decreto 22-2026.

Una vez que la medida entre en vigor y hasta el 31 de diciembre próximo, los consumidores de gasolina superior, gasolina regular y diésel observarán una reducción en los precios de venta en las estaciones de servicio.

Además, la exención de ambos impuestos deberá quedar reflejada en las facturas que reciban los consumidores al adquirir combustible.

Durante el fin de semana, los precios de referencia en la modalidad de autoservicio en el área metropolitana se ubicaron en Q45.29 por galón de gasolina superior, Q43.29 para la regular y Q49.39 para el diésel.

La semana pasada, el MEM confirmó un ajuste de Q0.70 por galón en las gasolinas, mientras que el precio del diésel se mantuvo sin cambios.

Exención se reflejará en el precio de los combustibles

El superintendente de la SAT, Werner Ovalle, explicó a Prensa Libre cómo quedará la exención del IDP y del IVA para el consumidor final cuando entre en vigencia el decreto 22-2026.

“Durante la vigencia del decreto 22-2026, la gasolina superior, gasolina regular y el diésel estarán temporalmente exentos del IDP y del IVA. En el caso del IVA, la exención comprende desde la importación hasta las ventas a detalle realizadas dentro del territorio nacional”, informó.

Agregó que, desde el punto de vista del consumidor final, el efecto esperado es que el beneficio correspondiente a ambos impuestos se traslade al precio de venta.

“El decreto establece expresamente que la totalidad del monto de las exenciones deberá reflejarse en el precio final en las estaciones de servicio”, aseveró.

Etanol gasolina con etanol persona despachando gasolina
Durante el fin de semana, personal de la SAT llevó a cabo los ajustes necesarios en los sistemas tributarios relacionados con el IDP y el IVA. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Facturas mostrarán el beneficio por exención

El funcionario explicó que, a nivel interno, se hacen ajustes en la Factura Electrónica en Línea (FEL) para cuando entre en vigor el régimen de exención de ambos impuestos. Además, detalló cómo se identificará en las facturas que la operación realizada al consumidor está amparada por la exención temporal.

“Las facturas deberán identificar expresamente que la operación se encuentra amparada por la exención temporal. El Decreto dispone que, en las facturas emitidas en todos los eslabones de la cadena de comercialización, deberá consignarse la exención del IDP y del IVA aplicada, así como el valor del beneficio tributario por galón despachado”, afirmó.

Según el superintendente, la factura permitirá identificar el precio de la operación y, de forma intuitiva, el beneficio derivado de la exención tributaria.

El superintendente de la SAT, Werner Ovalle, informó que se realizaron adecuaciones administrativas e informáticas en la Factura Electrónica en Línea (FEL), el Sistema Aduanero Nacional, los sistemas de control y retención del IVA y la declaración del IDP.
El superintendente de la SAT, Werner Ovalle, informó que se realizaron adecuaciones administrativas e informáticas en la Factura Electrónica en Línea (FEL), el Sistema Aduanero Nacional, los sistemas de control y retención del IVA y la declaración del IDP. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

SAT ajusta sus sistemas por exención del IDP e IVA

Durante el fin de semana, personal de la SAT llevó a cabo los ajustes necesarios en los sistemas tributarios relacionados con el IDP y el IVA.

Ovalle remarcó que se realizaron las adecuaciones administrativas e informáticas necesarias en la Factura Electrónica en Línea (FEL), el Sistema Aduanero Nacional, los sistemas de control y retención del IVA, así como en la declaración del IDP. Estos cambios están orientados a facilitar la aplicación de la exención temporal y, una vez finalice su vigencia, restablecer el régimen ordinario de ambos impuestos.

Una vez concluya la exención temporal, el sistema tributario deberá volver al régimen establecido en la legislación vigente. A partir del 1 de enero del 2027, cuando comienza el nuevo ejercicio fiscal, se restablecerá el cobro del IDP y del IVA a los combustibles.

Exención espera sanción presidencial

El diputado Orlando Blanco, integrante de la Junta Directiva del Congreso, explicó que el decreto 21-2026, Ley de Estabilización y Precios de Referencia de Venta al Consumidor Final para los Combustibles Cubiertos, continuará su trámite para ser enviado al Ejecutivo.

La normativa fue aprobada de urgencia nacional el 8 de septiembre pasado con 130 votos, y establece precios máximos de Q39 por galón para el diésel y la gasolina regular, y de Q41 para la gasolina superior. Para financiar el mecanismo, contempla recursos por hasta Q2 mil 500 millones.

“El decreto 21-2026 tenía objeciones. Estas objeciones fueron conocidas el jueves pasado y todavía se tiene que hacer análisis en Dirección Legislativa y lo más probable es que el mismo se envíe al Ejecutivo entre lunes o martes de esta semana”, explicó el legislador.

Blanco añadió que el decreto 22-2026, que establece la exención temporal del IDP y del IVA a los combustibles hasta el 31 de diciembre, ya fue remitido a la Secretaría General de la Presidencia.

Según el diputado, se espera que el presidente Bernardo Arévalo pueda sancionar la normativa lo antes posible, debido a que este decreto fue enviado primero por el Congreso al Ejecutivo.

Recordó que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) tendrá cinco días hábiles, a partir de la vigencia de la ley, para contar con el reglamento correspondiente.

Blanco consideró que el proceso podría avanzar de manera que la exención entre en vigor a finales de esta semana o a comienzos de la próxima.

Consultado al respecto, el viceministro de Energía y Minas, Guillermo Xoy Córdova, encargado del Área de Minería e Hidrocarburos, confirmó que ya trabajan en los acuerdos correspondientes y explicó que, a diferencia del subsidio aplicado a mediados de este año, esta normativa tiene principalmente un componente fiscal y tributario.