Cuando hay cambios que tienen que ver con los ahorros, es importantísimo prestarles la atención. Sin embargo, estas nuevas normativas no son para todos, sino para un grupo. Los residentes de Florida que utilizan cajeros de criptomonedas deberán ajustarse a nuevas reglas desde el 1 de enero de 2027. Una ley firmada por el gobernador Ron DeSantis establece topes diarios de US$2,000 para clientes nuevos y US$10,000 para quienes tengan un historial de al menos siete días con el negocio. Además, incorpora advertencias contra estafas, recibos detallados y reembolsos bajo determinadas condiciones. Para las familias que organizan sus gastos de comienzo de año, hay una distinción importante: la medida no limita los retiros habituales de cuentas bancarias, sino las operaciones efectuadas mediante quioscos de moneda virtual.
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La CS/HB 505, aprobada el 26 de junio de 2026 y registrada como capítulo 2026-178, refuerza la supervisión de las compañías que ofrecen estos servicios en el estado. Sus disposiciones también buscan que los usuarios conozcan los cargos antes de entregar efectivo y dispongan de documentación para presentar una reclamación si detectan irregularidades.
¿QUÉ CAJEROS ESTARÁN SUJETOS A LOS NUEVOS LÍMITES EN FLORIDA?
La normativa comprende los quioscos que permiten intercambiar criptomonedas por dinero convencional u otras monedas virtuales. Quedan fuera de estos topes los retiros habituales efectuados en equipos bancarios.
Esta diferencia resulta relevante para quienes necesitan efectivo para pagar la renta, cubrir los biles o hacer las compras de la semana. La regulación no modifica cuánto pueden sacar de su cuenta corriente por vivir en Florida; su alcance corresponde a los servicios definidos expresamente en el texto legal.

Estos nuevos límites aplican a quienes usan cajeros de criptomonedas (Foto: Magnific)
¿CUÁNTO DINERO SE PODRÁ OPERAR AL DÍA?
La CS/HB 505 establece dos montos máximos por día calendario. La categoría del usuario depende de su historial con la empresa que administra el equipo.
| Tipo de cliente | Definición según la ley | Límite diario |
|---|---|---|
| Nuevo | Ha realizado transacciones con el negocio mediante sus quioscos durante menos de siete días. | US$2,000 |
| Existente | Ha realizado transacciones con el negocio mediante sus quioscos durante siete días o más. | US$10,000 |
Estas restricciones corresponden al importe acumulado durante la jornada, no a cada movimiento por separado. Por lo tanto, dividir una cantidad entre varias transacciones o utilizar distintos equipos del mismo operador no permitirá superar el máximo autorizado.
Por ejemplo, una persona recién incorporada no podrá intercambiar US$2,500 repartiendo esa suma entre dos máquinas de la compañía. En ese caso, el tope seguirá siendo US$2,000, mientras que alguien clasificado en la categoría existente tendrá un margen de US$10,000.
Antes de comenzar, la pantalla deberá solicitar al usuario que confirme si ya efectuó movimientos en otros quioscos durante ese día y por cuánto dinero. Con esa información se determinará el saldo disponible dentro del límite correspondiente.
¿QUÉ OTRAS MEDIDAS CONTRA LAS ESTAFAS INCORPORA LA LEY?
Las obligaciones también abarcan los avisos que deben aparecer antes de entregar efectivo y los documentos disponibles al finalizar. El propósito es ofrecer información clara sobre posibles engaños y facilitar la identificación del negocio responsable.
Entre las principales disposiciones figuran las siguientes:
- Advertencia visible contra el fraude: la pantalla deberá alertar que las estafas suelen comenzar con el contacto de un desconocido. Si alguien dirige al usuario hacia la máquina haciéndose pasar por agente del Gobierno, cobrador de deudas o policía, entre otros supuestos, el mensaje indicará que debe detenerse y contactar con su asesor financiero o las autoridades locales.
- Confirmación del historial diario: antes de iniciar el intercambio, el equipo preguntará si hubo movimientos anteriores en otros quioscos durante esa jornada y cuál fue su importe.
- Comprobantes obligatorios: al finalizar, el cliente podrá elegir entre recibir un documento impreso o electrónico con los datos exigidos.
- Reembolsos bajo condiciones específicas: la empresa deberá devolver íntegramente el dinero de la primera transacción cuando se cumplan los requisitos previstos para denunciar una operación fraudulenta.
Para quien llegue siguiendo instrucciones de un supuesto funcionario, ese aviso tendrá una función concreta: advertir sobre el riesgo antes de completar el pago.
¿QUÉ INFORMACIÓN DEBERÁ INCLUIR EL RECIBO?
El comprobante permitirá identificar a la compañía responsable, revisar los cargos y conservar el registro del intercambio. Su entrega deberá ofrecerse tanto en papel como por vía electrónica, según la preferencia del cliente.
| Dato requerido | Información que deberá incluir |
|---|---|
| Identificación del negocio | Nombre y datos de contacto, incluidos un correo electrónico y un número de teléfono gratuito. |
| Fecha y hora | Momento en que se realizó la operación. |
| Monto y tipo de transacción | Importe en dólares estadounidenses y clase de intercambio efectuado. |
| Identificador único | Código conocido como transaction hash y cada billetera utilizada. |
| Comisiones | Total cobrado por el servicio. |
| Tipo de cambio | Tasa aplicada, cuando corresponda. |
| Responsabilidad por la entrega | Declaración sobre las obligaciones del quiosco, si las hubiera, ante un retraso o incumplimiento en la recepción de moneda virtual. |
| Política de reembolso | Condiciones de devolución establecidas por la empresa. |
Estos requisitos figuran en la sección 560.506 creada por la legislación. Así, el usuario tendrá en un mismo documento los detalles del movimiento y los canales disponibles para comunicarse con el operador.
¿CUÁNDO DEBERÁN DEVOLVER EL DINERO POR UNA ESTAFA?
La normativa contempla un reembolso completo para la primera transacción de moneda virtual del cliente. Sin embargo, esa protección no equivale a una devolución automática por cualquier intercambio denunciado como fraudulento.
El negocio deberá restituir el importe dentro de un plazo de 72 horas cuando se cumplan todas estas condiciones:
- Que la reclamación corresponda a la primera operación del usuario.
- Que el afectado notifique el carácter fraudulento del movimiento tanto a la empresa como a una agencia policial o gubernamental dentro de los 60 días.
- Que entregue pruebas del presunto engaño al operador, como un reporte de las autoridades o una declaración jurada ante notario.
Denunciar ante la policía no sustituye el aviso a la compañía: el texto exige informar a ambas partes. También será necesario aportar documentación que respalde lo ocurrido, pues la obligación de reintegro depende del cumplimiento de todos los requisitos.

El gobernador Ron DeSantis firmó la ley el 26 de junio de 2026 (Foto: AFP)
¿DESDE CUÁNDO ENTRAN EN VIGOR LOS CAMBIOS
La fecha general de entrada en vigor es el 1 de enero de 2027. A partir de entonces comenzarán a regir los límites diarios, las advertencias, los recibos y las condiciones de reembolso. Por separado, la disposición que prohíbe operar sin el registro correspondiente, salvo las exenciones previstas, se aplicará desde el 1 de marzo.
Las compañías que ya ofrezcan estos servicios en Florida el 1 de enero de 2027 o antes deberán presentar su solicitud de inscripción ante la Oficina de Regulación Financiera dentro de los 30 días siguientes a esa fecha. Asimismo, tendrán que renovarla anualmente y comunicar cualquier cambio en los datos suministrados durante el mes posterior a que ocurra.
Existe una excepción para los transmisores de dinero que cuenten con la licencia estatal correspondiente: estarán exentos del registro específico como negocio de quioscos de moneda virtual. Aun así, deberán cumplir las exigencias sobre avisos, topes, comprobantes y devoluciones.