Hace unos días, Cecilia (nombre ficticio) fue atacada por su pareja. Como otras veces, él se puso nervioso y la golpeó en el ojo y la boca, provocándole un morado en la zona derecha de la cara. Después de agredirla, el hombre se la llevó a la fuerza –para asegurar que nadie viera sus lesiones– y amenazó con matarla y enterrarla en un hoyo. No era la primera vez que Cecilia sentía que su vida estaba en peligro, así que se armó de valor y solicitó una orden de protección en comisaría, que fue concedida horas más tarde en la Ciudad de la Justicia de Barcelona. Mientras la mujer espera que su denuncia por violencia de género se resuelva, el agresor tiene prohibido acercarse a mil metros de ella y comunicarse por cualquier medio.
Ante casos como el de Cecilia, los jueces de las secciones de violencia sobre la mujer pueden otorgar órdenes de protección hasta que se resuelva definitivamente el asunto con una sentencia firme. Carlos Pascual Alfaro, magistrado del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Barcelona, nos deja acompañarlo en una de sus guardias para conocer cómo funciona este proceso judicial. Pascual llegó a las secciones de violencia sobre la mujer en 2007, y hace 17 años que es juez de guardia.
Los feminicidios de la última semana han recordado la importancia de proteger a tiempo a las víctimas de violencia machista. El martes se confirmó el asesinato de una mujer en Barcelona mientras se encontraba en su domicilio junto a sus dos hijos menores. La semana pasada, dos mujeres más murieron a manos de sus parejas o exparejas, y otra víctima falleció en el hospital meses después de haber sido quemada en febrero por unos sicarios que contrató su marido. Además, un atestado policial concluyó que el juzgado de Figueres podría haber protegido mejor a Kimberly, asesinada en plena calle, al no enviar a prisión a su agresor pese a sus reiterados incumplimientos de la orden de alejamiento.
32 feminicidios en lo que va de año
Ya son 32 feminicidios en lo que va de año, y lo más probable es que la cifra siga aumentando en las próximas semanas. Así lo explica Beatriz Durán, psicóloga experta en violencias machistas y trauma del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña (COPC): “Durante los meses de verano crecen los factores de riesgo, ya que el maltratador y la víctima comparten más tiempo y espacios”. A ello se suman la irritabilidad por las altas temperaturas, el mayor consumo de alcohol y otras drogas, la pérdida de redes de apoyo habituales y el hecho de que algunas aprovechen las vacaciones para plantearse la separación o denunciar. “Es un factor de riesgo letal para la mujer. Ante la pérdida de control, él actúa”, añade Durán.
Para escapar de esta violencia, el primer paso es acudir a comisaría, donde se ofrece a las mujeres la posibilidad de denunciar y, aparte, solicitar una orden de protección. A partir de aquí, los casos se remiten rápidamente a los juzgados, puesto que tienen 72 horas como máximo para decidir si proporcionar o no la medida cautelar. De esta manera, las víctimas hacen una primera declaración en comisaría y luego comparecen ante el juez de guardia para ratificarla. “En comisaría se hace una primera valoración del riesgo que no suelo mirar porque la mayoría de las veces o no aprecian riesgo o lo puntúan como bajo. Si me guiara por este parámetro, no daría ninguna orden”, comenta Pascual Alfaro.
Concretamente, el magistrado escucha a la víctima y le hace preguntas para guiar su testimonio: “El juzgado es un ambiente hostil, así que para ellas es complicado declarar. Intento ayudarlas y escucharlas bien porque sé que se están jugando mucho y yo necesito la mayor información posible para decir”. “Es un momento crucial en sus vidas porque puede depender su seguridad y la de los hijos”, añade Pascual Alfaro. A continuación, el Ministerio Fiscal, la acusación particular y la defensa formulan más cuestiones a la declarante. Finalizado este trámite, ella puede marcharse del juzgado y esperar la resolución por correo electrónico. Así, en principio, se evita que coincida con su agresor, que entra a declarar más tarde siguiendo el mismo procedimiento.
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Una vez se ha escuchado a ambos, la Fiscalía pide o niega la concesión de la orden de protección, igual que los abogados de ambas partes. Finalmente, el juez se retira a su despacho para adoptar la resolución. “Resuelvo situaciones delicadas: echas a gente de sus casas, rompes familias y limitas derechos. En caso de duda, no adopto la orden porque es una medida limitativa de derechos”, apunta el magistrado. Hay días en que tomar esta decisión es frustrante. Por ejemplo, una mujer contó que, tras poner fin a la relación con su pareja, él amenazó con prender fuego al local donde trabajaba mientras ella estuviera dentro. Aunque todo apuntaba a un “caso de riesgo” –él tenía un arma–, el magistrado no pudo dar la orden porque el agresor estaba escondido: ni se le pudo citar para declarar ni era posible enviarle la resolución. “No tenía sentido imponerle prohibiciones si ni siquiera iba a saber que debía cumplirlas”, justifica.
En la guardia del magistrado Pascual, Cecilia y más mujeres vieron cómo su petición de contar con una orden de protección era concedida. Por ejemplo, Adela (nombre ficticio) denunció a su expareja por quebrantar la orden de alejamiento y pasar la noche en un banco delante de su casa. También Daniela (nombre ficticio) tuvo una resolución a su favor: un hombre con quien no tenía relación la perseguía constantemente de camino al trabajo. El día que acudió a comisaría, Daniela había sido amenazada con un cuchillo delante de testigos.
Los feminicidios de la última semana recuerdan la importancia de proteger a las víctimas a tiempo
Según la ley, los casos tienen que cumplir dos requisitos para contar con la orden de protección. En primer lugar, hay que apreciar indicios fundados de la comisión de un delito. En segundo lugar, la situación de la víctima se tiene que calificar de ‘riesgo objetivo’: el magistrado debe mirar más allá del miedo que siente la mujer y, en su lugar, basarse exclusivamente en criterios objetivos. “La gravedad del delito, los antecedentes penales, el consumo de sustancias y la presencia de menores son indicadores que me ayudan a construir un pronóstico de futuro”, especifica Pascual Alfaro. “Como el miedo suele ser subjetivo, intento que ellas me expliquen por qué están tan asustadas. Tuve a una mujer que vino a juicio por un episodio muy leve, pero tenía mucho miedo porque su anterior pareja la había acuchillado. Y vi otro caso donde el miedo de ella se basaba en que su padrastro había matado a su madre y hacía esa asociación. Otra persona no puede responder por ello”, añade el magistrado.
Si los jueces de guardia identifican indicios de delito y una situación de riesgo objetiva, deben establecer con qué medidas protegerán a la víctima. Por una parte, las medidas penales más destacadas son la orden de alejamiento, la prohibición de comunicación o la privación de libertad. Por otro lado, las medidas civiles suelen incluir la suspensión del régimen de visitas o de la guarda a favor del padre, así como la atribución del uso de la vivienda familiar a la mujer.
Contactos para pedir ayuda
Hay recursos que permiten a las víctimas de violencia de género pedir ayuda todos los días de la semana y las 24 horas del día: el teléfono 016, el canal del WhatsApp en el número 600 000 016 y el correo electrónico [email protected]. En caso de emergencia, se puede llamar al 112.
De las 32 mujeres asesinadas este 2026, solo diez habían denunciado y, entre ellas, únicamente seis contaban con una orden de alejamiento.