La Seguridad Social lo confirma: recorta hasta un 15% la pensión a quienes hayan cotizado más de 41 años si adelantan su jubilación

2026/07/17

Hay una idea que circula mucho entre quienes están cerca de la jubilación: si has cotizado muchísimos años, la penalización por adelantarla debería ser mínima o directamente desaparecer. Pero esto no es así. Yo mismo he conocido casos de gente que ha trabajado desde los 16 años, y que por jubilarse antes de tiempo por distintos motivos, ha perdido un porcentaje importante de su pensión. 

En este sentido, la Seguridad Social mantiene los coeficientes reductores y aplica una reducción permanente sobre la pensión que puede llegar hasta el 15%, y en algunos supuestos con coeficientes reductores específicos incluso al 17%, aunque el trabajador acredite más de 41 años cotizados y decida acogerse a la jubilación anticipada voluntaria.

Cotizar más años no libra del recorte

Esos coeficientes reductores no han cambiado en las últimas reformas: cuanto más se alarga la vida laboral, mejor para la sostenibilidad del sistema.Y las penalizaciones están pensadas precisamente para que salir antes del mercado laboral siga teniendo un coste, por muchos años que se hayan trabajado. Da igual que hayas trabajado más años que la mayor parte de la población laboral porque seas de esas generaciones que se ponían a trabajar cuando todavía eran adolescentes.

Tal y como explica el funcionario de la Seguridad Social Alfonso Muñoz Cuenca, las jubilaciones anticipadas llevan asociados unos coeficientes reductores que penalizan la cuantía final, y esa penalización hay que valorarla con calma antes de tomar la decisión.

Jubilación anticipada

Cómo se calcula la reducción según los años cotizados

El importe exacto que se resta depende de dos variables que se combinan entre sí: cuántos meses se adelanta la jubilación respecto a la edad ordinaria y cuántos años se han cotizado en total. La ley permite acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta 24 meses antes de la edad legal, que este año se sitúa en los 64 años y 10 meses para quienes tengan menos de 38 años y 3 meses cotizados, y en los 63 años para quienes superen ese periodo de cotización.

Con menos de 38 años y 6 meses cotizados, la penalización oscila entre el 3,26% y el 21%. Entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses cotizados, el recorte va del 3,11% al 19%. A partir de los 41 años y 6 meses de cotización y hasta los 44 años y 6 meses, la horquilla baja al 2,96%-17%. Y solo a partir de los 44 años y 6 meses cotizados la reducción se suaviza algo más, entre el 2,81% y el 13%. En ningún caso desaparece del todo, y ese es precisamente el matiz que muchos pasan por alto cuando calculan si les compensa adelantar el retiro.

Un tramo distinto para las pensiones más altas

Existe además un recorrido específico para quienes generan derecho a una pensión por encima del máximo actual, fijado en 3.359,6 euros mensuales (47.034,4 euros al año). Ahí las penalizaciones son más bajas en términos relativos, aunque siguen existiendo: entre el 1,33% y el 9,10% con menos de 38 años y 6 meses cotizados, entre el 1,28% y el 8,5% entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses, entre el 1,24% y el 7,9% con 41 años y 6 meses o más y menos de 44 años y 6 meses, y entre el 1,19% y el 6,7% a partir de los 44 años y 6 meses cotizados.

Un detalle que conviene tener presente, y que a veces genera confusión, es que la reducción se aplica siempre sobre la pensión ya calculada, no sobre la base reguladora previa. Es decir, primero se calcula lo que correspondería cobrar según la carrera de cotización y después se resta el porcentaje del coeficiente reductor sobre esa cifra final.

La normativa que regula estos porcentajes

Esta modalidad de jubilación anticipada por voluntad del interesado está regulada en el artículo 208 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Fue precisamente la Ley 21/2021, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, la que reformó ese artículo para actualizar los coeficientes reductores y endurecer el planteamiento inicial, con el objetivo declarado de retrasar el momento en que los trabajadores dejan de cotizar. El abogado Ignacio Solsona ya avisaba que muchos trabajadores optan por jubilarse antes de tiempo sin calcular bien el impacto que esa decisión tiene a largo plazo sobre su nómina.

Para quienes todavía dudan si les compensa esperar, la pregunta de fondo sigue siendo la misma que lleva años sobre la mesa: ¿pesa más el tiempo libre ganado o el dinero que se deja de cobrar cada mes durante el resto de la jubilación? No hay una respuesta única, y depende en gran medida de la esperanza de vida de cada uno, de sus ahorros y de cuánto necesite realmente ese margen extra en la pensión.

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