Superintendencia reitera que liquidación de cooperativa Incoop siguió procedimientos legales ante perfil de riesgo

2026/08/02

La situación de la cooperativa de ahorro y crédito Incoop se mantiene en vilo. La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) defendió el proceso de liquidación de la entidad ante las acciones judiciales emprendidas por la exdirectiva de la cooperativa, que busca frenar la resolución.

La SEPS emitió un comunicado el 1 de agosto en el cual explicó que la decisión de liquidar a la cooperativa se sustenta en procedimientos de supervisión y vigilancia ante el riesgo que mostraba Incoop, que no subsanó todos los requerimientos exigidos.

El caso se inició el 28 de septiembre de 2023, cuando la SEPS dispuso la implementación de un programa de supervisión intensiva (PSI) para Incoop tras detectar que “la entidad presentaba un perfil de riesgo crítico”.

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La Superintendencia aseguró que la exdirectiva de la cooperativa dispuso de plazos legales y tiempo suficiente dentro del plan de remediación para subsanar las deficiencias detectadas, cumplir con todas las exigencias normativas y corregir sus índices.

Pero al terminar el programa, “la entidad mantuvo un nivel de riesgo alto al no subsanar las debilidades estructurales que motivaron la intervención”.

Debido a los incumplimientos, para el 23 de febrero de 2026 se resolvió la liquidación de la cooperativa, con base en causales el Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF) y la Codificación de Resoluciones Monetarias y Financieras, informó la SEPS en el comunicado.

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Posteriormente, el 10 de abril de 2026, se ratificó la resolución de liquidar a la cooperativa luego que se desestimó la apelación presentada por la administración saliente debido a que, entre otras inconsistencias, 3 de 41 estrategias comprometidas permanecieron incumplidas.

En medio de estos meses, los directivos de Incoop han interpuesto recursos legales para impedir la liquidación. En ese sentido, el pasado 23 de julio, un juez del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo, con sede en Quito, dispuso suspender provisionalmente el proceso de liquidación.

Al respecto, la Superintendencia expresó en su comunicado que la reciente providencia judicial corresponde a una medida cautelar concedida de manera provisional en el momento de admitir a trámite una acción de protección.

“Esta medida no constituye un pronunciamiento sobre el fondo del asunto ni determina irregularidad alguna en el accionar del organismo de control”, señaló la SEPS.

La Superintendencia indicó que las actuaciones del organismo de control no se dirigen contra entidades específicas, “sino que responden a procedimientos técnicos estandarizados diseñados para evitar perjuicios mayores e irreversibles a los depositantes”.

Agregó que los recursos judiciales interpuestos por los exdirectivos de la cooperativa “no restituyen la salud financiera ni la operatividad de Incoop”, sino que su “único efecto práctico es generar incertidumbre y paralizar temporalmente” los mecanismos legales para devolver los ahorros de los ahorros a las familias socias.

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Además, reiteró que los problemas de solvencia y liquidez de Incoop no surgen por los procesos de supervisión, sino por “gestiones internas deficientes que omiten corregir a tiempo los compromisos asumidos”. (I)