Una jueza porteña declaró inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil y sobreseyó a un chico de 14 años

2026/09/21

La jueza Laura De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.° 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, declaró la inconstitucionalidad del nuevo Régimen Penal Juvenil y decretó el sobreseimiento de un menor de 14 años imputado por tentativa de robo. La resolución judicial dictada este 21 de septiembre dispuso que los efectos del fallo se apliquen únicamente a este caso concreto.

Durante la sustanciación del proceso, la magistrada desestimó un planteo de incompetencia efectuado por la defensa oficial. Para ratificar la competencia del fuero local, De Marinis citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto del carácter transitorio de los tribunales ordinarios nacionales en la capital. Concluyó que el Tribunal Superior de Justicia porteño debe intervenir para dirimir los conflictos de competencia en la jurisdicción. Con esos fundamentos, la jueza inaplicó las disposiciones de la nueva ley.

Los alcances de la Ley 27.801 y la baja de imputabilidad

La resolución judicial interviene sobre la aplicación de la Ley N° 27.801, promulgada en febrero de 2026 y publicada en marzo, que entró en vigencia a principios de septiembre. La norma regula el esquema penal para adolescentes de entre 14 y 18 años e introduce como modificación central la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La determinación adoptada en la Ciudad de Buenos Aires reabre la discusión judicial respecto de la constitucionalidad del régimen sancionado por el Congreso Nacional frente a las garantías procesales de los menores.

El antecedente de suspensión en la provincia de Buenos Aires

La decisión dictada en el fuero porteño se suma a las medidas interpuestas tras la entrada en vigencia del marco punitivo. A comienzos de septiembre, la jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, había ordenado la suspensión por 60 días de la Ley 27.801 en el territorio bonaerense. Ese fallo hizo lugar a un hábeas corpus colectivo de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, sustentado en la falta de infraestructura y recursos estatales para alojar a menores de 14 años.

Sin embargo, la medida cautelar bonaerense fue revocada por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora, restituyendo la plena vigencia de la baja de imputabilidad en la provincia. La controversia jurídica continúa generando debate entre las resoluciones de los magistrados locales y la implementación del régimen nacional.