La jueza Marta Pascual, a cargo del Juzgado de Responsabilidad Penal N° 2 de Lomas de Zamora, suspendió por 60 días la aplicación de la ley que bajó la edad de imputabilidad a 14 años en la provincia de Buenos Aires.
Así lo informaron fuentes judiciales. La jueza Pascual tomó la decisión al resolver una “acción de habeas corpus preventivo colectivo” presentado el 31 de agosto pasado por Gabriela Salicio, representante de una de las organizaciones agrupadas en la Federación de Familia Grande Hogar de Cristo —ligada a la Iglesia Católica argentina— “en favor de los adolescentes privados de la libertad en el ámbito de la provincia de Buenos Aires”. A ese planteo habían adherido 14 defensores departamentales bonaerenses, según pudo saber LA NACION.
La resolución de la jueza Pascual, aunque no se ocupa de la legalidad de la ley que constituyó el régimen penal juvenil vigente en todo el país desde el sábado, tendrá un efecto concreto y dramático en la provincia más poblada y, en consecuencia, la de mayor cantidad de delitos: si, por caso, un menor de 14 o 15 años asesinara a una persona, no podría ser encarcelado.
“Hacinar menores, tarde o temprano, incrementa los niveles de inseguridad y violencia. Como operadora del sistema penal juvenil, asumo la responsabilidad que me compete no solo en la afectación de las garantías de los adolescentes en conflicto con la ley penal, sino también en preservar los intereses de la comunidad a la que deben regresar los jóvenes una vez cumplida la medida”, afirmó la jueza en el citado fallo, al que tuvo acceso LA NACION.
El fallo cosechó rápidamente reacciones desde el más alto nivel político. Desde el oficialismo, tanto el jefe de Gabinete, Diego Santilli, como la senadora nacional Patricia Bullrich, cuestionaron la resolución “garantista” y eso les sirvió para renovar sus críticas a la política de seguridad del gobernador bonaerense, Axel Kicillof, al que acusaron de ponerse “del lado de los delincuentes”.
La cuestión no solo abre espacio al debate: también es posible que otros magistrados tengan una interpretación divergente. “Un juez de otro departamento judicial -San Isidro, por poner un ejemplo-, podría resolver, ante el caso hipotético de un menor de 14 o 15 años aprehendido por un hecho punible, que puede ser sometido a proceso y, en definitiva, ignorar la suspensión de la magistrada de Lomas de Zamora por considerar que su resolución no tiene jurisdicción en ese otro territorio; y un fiscal podría interpretar que, de todos modos, la ley sigue vigente y procesar formalmente a un menor con el nuevo régimen penal juvenil”, explicó a LA NACION un funcionario judicial de carrera con años de experiencia en la materia.
“Se debe resolver si el Estado puede ampliar el universo de personas adolescentes sometidas al sistema de responsabilidad penal sin crear las condiciones materiales, institucionales y profesionales indispensables para cumplir los estándares constitucionales y convencionales que rigen toda privación de la libertad durante la adolescencia. No cabe ninguna duda, y resulta de sentido común, que la aplicación inmediata de la ley, con motivo de ampliar el universo de adolescentes punibles (mediante la incorporación de los adolescentes de 14 y 15 años), la exclusión de los delitos que no resultaban punibles (sancionados con penas menores a dos años) y la aplicación plena de la escala penal prevista en el código de fondo, aumentará considerablemente la cantidad -por mayores ingresos y por mayor permanencia- de personas privadas de la libertad. Este aumento, si bien será progresivo y, por lo tanto, llevará un tiempo hasta evaluar el incremento definitivo en la cantidad de personas detenidas, también puede llegar a tener impacto inmediato en razón de los cambios de parámetros para las detenciones y prisiones preventivas”, sostuvo la magistrada en el fallo.
La ley 27.801, aprobada por el Congreso Nacional el 28 de febrero pasado, entró en vigencia el sábado pasado. Hoy, el Gobierno reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil, que rebaja la edad de punibilidad y establece nuevas penas para los menores de edad.
El Ministerio de Justicia de la Nación es el órgano designado como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. A su vez, la normativa estableció mecanismos para el seguimiento de los adolescentes, la asistencia a las víctimas y la “coordinación con las provincias”.
Falta de recursos
Pascual fue ministra de Familia y Desarrollo Humano de la provincia de Buenos Aires durante la gobernación de Eduardo Duhalde y también fue presidenta del Consejo Provincial del Menor. Además, presidió la Asociación Internacional de Magistrados de Juventud y Familia.
El año pasado recibió el doctorado honoris causa de la Universidad Nacional Guillermo Brown; se lo entregó el entonces intendente de Almirante Brown, Mariano Cascallares.
En su fallo, la jueza Pascual explicó: “Resulta evidente que el estado de situación actual de los dispositivos de privación de la libertad provincial -entre ellos, el que tiene asiento en este departamento- no permite al día de la fecha recibir una mayor cantidad de adolescentes, con la complejidad que además puede implicar la incorporación de sujetos de otras franjas de edad y diferente etapa de desarrollo, al menos sin afectar sus derechos fundamentales y agravar su estado de vulnerabilidad que generalmente se constata al momento de su ingreso al sistema”.
Luego, en una reportaje con la radio Now 97.9, la magistrada sostuvo: “No estoy en desacuerdo con bajar la edad de imputabilidad. No romantizo a los chicos que salen con un arma. Hay una sensación de que con esta ley le damos más seguridad a la gente, pero no vamos a crear más seguridad. Yo aplico lo que se llama ‘justicia restaurativa’, que tiene que ver con restaurar los vínculos y con que los jóvenes se responsabilicen y vuelvan a su comunidad siendo ciudadanos y no ‘pibes chorros’. Tenemos que tener los mecanismos para poder implementar la ley”.
En el fallo, la jueza fijó una audiencia para el miércoles 16 de septiembre próximo; citó a los “responsables de las principales áreas del Poder Ejecutivo provincial con injerencia en el tema para que informen respecto de las medidas que han sido tomadas para la implementación de la ley, aquellas que se encuentran previstas y planificadas, así como su plazo”.
La magistrada también explicó que “resulta imperioso” solicitar al Ministerio de Seguridad bonaerense, al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires que “arbitren las medidas necesarias para efectivizar la suspensión aquí dispuesta”.
El Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia al que hizo referencia la magistrada depende del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, conducido por Andrés Larroque, “el Cuervo”.
Repercusiones
Después de que se hiciera público el fallo de la jueza Pascual, la senadora nacional Bullrich (La Libertad Avanza) cuestionó tanto el fallo como a Kicillof.
“En la provincia de Buenos Aires tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad. Y también tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias. Qué terror vivir en una provincia que ignora a los argentinos de bien, donde el delincuente tiene vía libre y, si las hace, no las paga”, escribió la exministra de Seguridad Nacional en su perfil de la red social X.
En un sentido similar se expresó Santilli: " Aturde el silencio de Kicillof ante la suspensión del nuevo Régimen Penal Juvenil. En la provincia si un delincuente de 14 años te mata para robarte, queda impune. Una vez más, el gobernador del lado del delincuente, nunca de la víctima". Colaboradores del gobernador Kicillof consultados por LA NACION le respondieron: “¿En qué quedamos? Cuando Bullrich fue ministra de Seguridad Nacional, se jactó de la baja en los delitos en la provincia de Buenos Aires. Más allá de que habla de su propio desconocimiento, porque en la provincia de Buenos Aires los menores son imputables desde los 14 años".
Tras la resolución de la jueza Pascual, la Federación de Familia Grande Hogar de Cristo emitió un comunicado de prensa en el que sostuvo: “La acción de habeas corpus preventivo colectivo es un planteo que se centra en un punto concreto: la ampliación del universo de adolescentes punibles —incorporando a jóvenes de 14 y 15 años— y la aplicación plena de la escala penal van a aumentar, en los hechos, la cantidad de personas detenidas. Y esa mayor cantidad de detenciones se daría en dispositivos que, en su estado actual, no cuentan con la infraestructura edilicia, educativa y profesional necesaria para sostener los estándares mínimos que exige la normativa vigente. Esa es, precisamente, la cuestión que la Justicia tomó como eje de su resolución: no se trata de discutir la ley en abstracto, sino de constatar que su aplicación inmediata, en el contexto real de los centros de la provincia, puede derivar en una afectación de los derechos básicos de los adolescentes alojados allí”.
Y agregó: “Desde la Federación Familia Grande Hogar de Cristo acompañamos este proceso judicial desde nuestra experiencia territorial y quedamos a disposición para aportar información y trabajo conjunto en la construcción de condiciones dignas para los adolescentes que atraviesan el sistema penal juvenil”.
La Federación de Familia Grande Hogar de Cristo, presidida por el sacerdote José María Di Paola —el “padre Pepe”—, agrupa a los centros barriales “que dan respuesta integral a situaciones de vulnerabilidad social y/o consumos problemáticos de sustancias psicoactivas, poniendo en primer lugar a la persona y sus cualidades”, según expone en su página web.
- Menores y delito